Ninguno de los Presupuestos ha incluido los de las
Sociedades Mercantiles mayoritariamente participadas, lo que no permite una
visión real del conjunto de obligaciones estimadas por el Ayuntamiento, ni la
concreción de las previsiones necesarias para su financiación. Tan sólo el
Presupuesto de 1998 se ha aprobado en la fecha que exige la normativa.
No se
acompaña en ningún presupuesto los Programas de Actuación, Inversión y
Financiación de las Sociedades Mercantiles participadas por lo que, además del
incumplimiento de las disposiciones legales aplicables al efecto, no se permite
conocer la información económica básica respecto a las transferencias que se
consignan y destinan a estas sociedades.
El esquema general de control
presupuestario que se desarrolla en las Bases de Ejecución Presupuestaria es
poco detallado y débil, en particular respecto al control de la gestión de las
subvenciones, sin consistencia. La técnica aplicada a la elaboración de los
presupuestos es deficiente.
En relación con las modificaciones
presupuestarias, su análisis ha puesto de manifiesto el reconocimiento de deuda
a favor de acreedores de ejercicios anteriores por un importe total de 790
millones de pesetas, de lo que se deduce la inadecuada presupuestación, además
de la falta de observancia de alguno de los principios contables públicos, entre
ellos los de registro, devengo y correlación de gastos e ingresos, Al finalizar
la redacción del Informe, el Tribunal no tiene información suficiente para
valorar la procedencia y efectividad de dichas deudas.
Los presupuestos de
ingresos no incluyen los recursos procedentes de la Unión Europea pues están
gestionados por la Sociedad Procesa.
No se han incluido las Cuentas
correspondientes a las sociedades mercantiles participadas mayoritariamente de
forma indirecta. No se incluyen los estados de gastos con financiación afectada,
los de compromisos de gasto adquiridos con cargo a ejercicios futuros, los de
evolución y situación de recursos administrados por cuenta de otros Entes
públicos, ni las relaciones nominales de deudores y acreedores por operaciones
ni presupuestarias. Tampoco se han incluido los estados de Deuda, ni la memoria
sobre el coste y rendimiento de los servicios públicos y la demostrativa del
cumplimiento de los objetivos programados.
Las cuentas de las Sociedades
Mercantiles directamente participadas no venían acompañadas en ninguno de los
ejercicios por los estados correspondientes a los Presupuestos de Explotación y
Capital, ni de los Programas de Actuación, Inversión y Financiación respectivos
por lo que, unido a la falta de su consignación presupuestaria, se deduce que ni
han sido siquiera objeto de elaboración.
La Administración General del
Ayuntamiento presenta un saldo presupuestario positivo acumulado por valor de
4.336 millones de pesetas, que se vería reducido a un importe de 2.097 millones
como resultado de las rectificaciones que afectan tanto a derechos como a
obligaciones que son producto de errores contables por reconocimiento indebido,
fundamentalmente, de disposiciones de préstamos y transferencias.
Las
Sociedades Mercantiles participadas han presentado resultados deficitarios cuyo
importe agregado al finalizar el ejercicio 2.001 y sin tener en cuenta las
subvenciones recibidas del Ayuntamiento, asciende a 3.783 millones de
pesetas.
Debido a las debilidades del control interno se llega a la
conclusión de que la gestión de los recursos propios de carácter tributario, a
pesar de su importancia en el marco financiero para el Ayuntamiento, no se
encuentra debidamente organizada, ni en el ámbito funcional ni en el
administrativo contable, de forma que los registros correspondientes a su
gestión recaudatoria y posterior inspección no garantizan su gestión.
En el
ámbito de reconocimiento de los derechos cabe concluir que el procedimiento
seguido no es conforme con lo establecido en los principios contables públicos
de aplicación especialmente en los derechos procedentes de los fondos que tienen
su origen en las transferencias del Estado y en las operaciones de endeudamiento
a largo plazo, cuyo reconocimiento se produce sin que estén debidamente
acreditados.
No hay comentarios:
Publicar un comentario