viernes, 12 de diciembre de 2003

El fondo de pensiones de la Administración General del Estado

El próximo año entra en vigor el acuerdo al que llegaron en la Mesa General de la Función Pública el 13 de noviembre del año 2002 los sindicatos y el Gobierno, por el que se incorporó la creación de un Fondo de Pensiones como materia retributiva.

El Fondo de Pensiones es una especie de bolsa donde se van introduciendo unas cantidades con una periodicidad indicada y que tiene limitada la retirada de estas cuantías, en definitiva se trata de un sistema de ahorro en el que participa el trabajador y la empresa. Dependiendo del tipo de plan de pensiones el trabajador puede realizar aportaciones obligatorias o voluntarias y para la empresa siempre son obligatorias. En los fondos de pensiones existen tres figuras: las entidades promotoras, los partícipes y los beneficiarios. Las primeras son las empresas que crean el fondo de pensiones, en este caso 15 Ministerios; 71 Organismos Autónomos, Entidades Gestoras de la Seguridad Social y entes públicos; magistrados, jueces y fiscales; Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y Fuerzas Armadas (en Ceuta unas 7.614 personas); y son las responsables de realizar las contribuciones de sus trabajadores. Los partícipes son los empleados que son miembros del Plan; y los Beneficiarios son aquellas personas que tienen derecho a percibir las prestaciones del plan (pensiones de jubilación, viudedad, orfandad, incapacidad).

En el caso del Plan de Pensiones de la Administración General del Estado (AGE) los partícipes son los empleados de las entidades promotoras (Ministerios, Organismos Públicos, etc.) que cuenten con un mínimo de dos años de antigüedad, ya sea como funcionario de carrera o interino, personal contratado, personal eventual o alto cargo. Todo aquel que cumpla estas condiciones será dado de alta automáticamente, es decir que no es necesario el inscribirse aunque sí es obligatorio facilitar los datos personales y familiares a la Entidad Gestora.

Para supervisar el funcionamiento del Plan de Pensiones existe una Comisión de Control que es la encargada de velar por la consecución de los objetivos del Fondo y sobre todo por los derechos de los partícipes, en el caso de la AGE está formada por 22 miembros, once representan a las entidades promotoras y once a los partícipes y beneficiarios.

Por otro lado están la Entidad Gestora y la Entidad Depositaria, la primera se encarga de administrar el fondo de pensiones, tomar las decisiones de inversión, informar a los partícipes de la situación financiera y notificar el reconocimiento de los derechos a los beneficiarios. La Entidad Depositaria es la que ejecuta las resoluciones de la Entidad Gestora y quien tiene confiadas las cantidades que componen el Fondo. El concurso para elegir a ambas entidades ya ha sido publicado y se decidirá antes de que finalice el año.

En cuanto a la cantidad aportada por el Estado es el 0,5% de la masa salarial (unos 54,65 millones de euros), esta cuantía no se detraerá de los salarios de los trabajadores, sino que será aportado en más por el Estado. De este importe un 75% se asignará en función del salario de cada trabajador, la cantidad total se dividirá entre el número de efectivos de cada grupo profesional; el 25% restante se imputa en función del los trienios, la cantidad se divide entre la suma del valor de los trienos, dando un valor medio que se multiplicará por el número de trienios de cada funcionario. Como existen grandes diferencias en los salarios de cada funcionario y en su número de trienio, no puede hablarse de aportación media a cada trabajador, aunque una simple división nos da una aproximación de que la cantidad para cada uno es de unos 105 euros (unas 17.500 pesetas) al año, habrá quien la doble y quien sólo llegue a la mitad. En mayo del próximo año se tomará como punto de partida para precisar las cuotas de cada funcionario y se ingresarán en el mes de noviembre.

Estas aportaciones son individuales, cada empleado tiene su cuenta particular donde se van añadiendo estas aportaciones que realiza el Estado y las que él pudiera realizar voluntariamente, más los intereses que vaya consiguiendo esta aportación, es lo que se considera un plan de capitalización financiera individual. Este fondo de pensiones es complementario del sistema de clases pasivas o de pensiones de la Seguridad Social al que se acogen los funcionarios, es decir que a la pensión futura que corresponda por este medio se añadirá la de este nuevo Plan de Pensiones. En cuanto a la consideración fiscal se trata de un salario diferido y su tributación se realiza cuando se produce el derecho a cobrar las prestaciones y en función de la forma de cobro que se escoja. En relación al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas es uno de los productos de ahorro mejor tratados, pues las aportaciones realizadas se deducen de las rentas obtenidas en el ejercicio (hasta un máximo de 8.000 euros para los menores de 53 años, a partir de ahí se eleva 1250 euros por cada año que supere los 52 hasta un tope de 24.250 euros)
Señalar que el inicio del Plan parece cicatero, aportar sólo el 0,5% de la masa salarial es insignificante cuando los funcionarios han perdido más de un 16% de poder adquisitivo en los últimos doce años bien merecía un mayor esfuerzo; el acuerdo se ha tardado un año en cerrarse cuando se acercan las elecciones, ya se podría haber puesto en marcha en este año 2003, pero parece que nuestro gobierno sigue utilizando las retribuciones de los funcionarios como arma política. El reglamento limita a los futuros fondos de pensiones de las autonomías y ayuntamientos al no poder aportar cantidades superiores a las del Estado. Nuestros gobernantes nos han convencido que nuestro sistema público de pensiones hará aguas por cuestiones demográficas, pero no hay ni un sólo plan de pensiones que nos asegure que vamos a percibir nuestro dinero (como mucho se comprometen a devolvernos la cantidad aportada, sin tener en cuenta la depreciación); quizás deberíamos tener una mayor confianza en nuestro sistema público.