El pasado miércoles se aprobaba el nuevo Reglamento del
Pleno del Ayuntamiento, un documento que debe ser la herramienta para que
nuestros concejales debatan y afronten las soluciones que los graves problemas
que nuestro pueblo tiene, así como la fórmula para que el ejecutivo municipal
sea controlado por la oposición; pero nuestros políticos no han llegado a
comprender cuál es la utilidad de este documento y en vez de dedicarse a buscar
instrumentos que permitieran llegar a acuerdos, se han dedicado a defender sus
propios intereses, acostumbrados al trapicheo de como entienden la política, tú
me dejas incluir este asunto y yo te pongo lo tuyo.
Decía la concejala encargada por el Sr. Vivas para
defender el asunto que se “debía caminar hacia una mayor participación y una
mayor democracia de la institución”, que todos los grupos habían realizado “un
número importante de concesiones y renuncias”, que “en el caso del grupo
popular de forma muy importante”, para finalizar lamentándose de que traían “un texto que no
iba a ser respaldado”. Y puesto que no había consenso, pues imponían el suyo, inició
una retahíla de modificaciones in voce que no necesitaron ni informe jurídico
previo, ni siquiera un pronunciamiento de la secretaría municipal, para eso tenemos
la mayoría para hacer lo que nos venga en gana, debió pensar. Ese es su
concepto de “mayor democracia”, quien la tenga más grande, la mayoría.
Para la concejala, ya conocida entre sus huestes por la
“yegua de Atila” (no es que se haya descubierto que el cuadrúpedo de Atila
fuera de sexo femenino, es que tacháronme de machista el concepto de caballo de
Atila), eso del consenso se resume en que incluyen en el documento las exigencias
del Partido Popular, que por supuesto sólo conocen ellos y sus satélites; luego
piden al resto de grupos que presenten por separado sus propuestas y empiezan
las supuestas “negociaciones” con quienes le interesan, con unos pactan “liberar”
un concejal, con otros “no disminuir el personal eventual”, y con los de más
allá “no reducirles su participación en el pleno” y el otro se queda como el
radical que no acepta nada, sin ni siquiera haberles llamado. Todos quedan
contentos pues sus prioridades partidistas se ven salvadas, qué más da el
funcionamiento del Pleno, o la participación ciudadana, o si se cercena la
capacidad de fiscalización de la
oposición, ya justificaremos ante los nuestros que tuvimos que ceder en algunas
cosas para buscar el afamado consenso. Sobre la totalidad del documento nadie
sabe nada, hasta que se llega a la última reunión y entregan en la puerta un
borrador, diciendo esto es lo que hay.
Y desde mi modesto punto de vista lo que hay es una
ilegalidad tremenda, bueno una no, unas cuantas; en muchas de las cuestiones
que se han incluido en el documento se sobrepasan las leyes, imagínense que
hasta la propia portavoz del Sr. Vivas llegó a señalar que tenía “ciertas dudas
jurídicas” sobre algunas cuestiones del Reglamento, pero eso no la detuvo para
incluirlas en el documento que presentarían al Pleno, incluyendo un “impoluto”
informe jurídico que no hacía ninguna referencia a esas dudas; hecho que
demuestra lo poco que les importa la legalidad mientras les sirva a sus
intereses. Aunque lo de cumplir la ley debe exigirse sólo del Ebro hacia arriba,
ya saben que no es lo mismo predicar que dar trigo.
El primer exceso legal que cometen es acudir a una
disposición adicional de una ley ordinaria para violentar el Estatuto de
Autonomía de Ceuta, texto que pertenece al llamado bloque constitucional y como
tal queda blindado por su “legalidad orgánica”, pero a éstos trileros les da
exactamente igual y utilizan una ley aprobada sólo por el Partido Popular para interpretar
que pueden hacer lo que deseen con la organización del Ayuntamiento y saltarse
una cuantas leyes y no digamos sentencias judiciales.
Así que, ya que han condenado al Sr. Vivas por los
nombramientos ilegales en unas cuantas ocasiones y al no ser firmes las
sentencias al estar recurridas con el dinero de todos los ceutíes, vamos a
aprovechar que el Reglamento pasa por la comisión y metemos que el Sr. Alcalde
puede nombrar a Consejeros, Viceconsejeros, Directores Generales y demás fauna
de su corte como el desee, sin necesidad de atenerse a más norma que la de su “ludopatía”,
o sea a sus “apuestas” personales; así que cuando volvamos a recurrir decimos
que cumplimos con el Reglamento, no ya el de Gobierno, que es donde debe ir la
organización de la institución, pero al estar paralizado por las alegaciones
presentadas hasta por funcionarios y a los graves errores en su tramitación, en
este que es el que hemos cocinado los políticos y tenemos a mano.
Si se analiza desde la jurisprudencia constitucional, este
documento incumple la ley, pues bien dice la disposición adicional, el estatuto
y demás leyes del régimen local que el Ayuntamiento sólo puede regular sus
instituciones y éstas, según el Estatuto, son: la Asamblea, el Presidente y el
Consejo de Gobierno y sus Consejeros; luego todo lo que vaya más allá es ilegal
(viceconsejeros, directores generales, subdirectores generales y demás inventos).
Igualmente dice la ley que quienes sean nombrados deben ser cargos electos y
así lo han reiterado todas las sentencias que condenan al Sr. Vivas.
Una cosa es el deseo de poder y otra la realidad de
tener; y si tenemos un Estatuto que sólo nos permite esas instituciones que nos
acercan más a un Ayuntamiento que lo hubieran cambiado, que tiempo han tenido
los dos grandes partidos para hacerlo. Pero esta ilegal inclusión sólo tiene la
finalidad el poder argumentar ante la justicia esos nombramientos del Sr. Vivas
condenados en todas las sentencias que la justicia ha dictado.
Y para terminar de completar su corte y seguir pagando
las canonjías a sus allegados, el Sr. Vivas decide que, en base a no se sabe qué
capacidad legislativa, judicial o ejecutiva, será quizás “ejecutora”, qué
personal eventual es el que cuenta para cumplir la ley y cuál no. Primero
intentaron colar a los partidos que el personal de los grupos estuviera a su
cargo, el Ayuntamiento daba el mismo dinero que ahora y no se sabía quién (el partido,
el grupo municipal, el concejal o el que pasara por allí), contrataba al
personal, “de esta forma podéis colocar por mitad, por cuarto o por libra a los
administrativos y tener más familias contentas”. Con esa fórmula, desparecían
de la nómina de los eventuales unos quince puestos. Sin embargo los partidos no
vieron claro este tipo de “externalización” de sus contratados y se negaron a
admitirlo.
La ley dice que nuestro Ayuntamiento sólo puede nombrar
a veinticinco cargos como personal eventual, si con los grupos se han nombrado
a diecisiete personas, sólo queda para el reparto de prebendas ocho, así que ponemos
en el Reglamento que este personal de los grupos políticos no entra en el cupo
del personal eventual y todo arreglado, el Sr. Vivas ya puede jugar veinticinco
“apuestas personales” más (aparte de todas las que tiene por las empresas
municipales incumpliendo otras cuantas leyes más).
Si profundizamos en el contenido sobre el
funcionamiento todavía se horripila uno más, se reduce la participación de la
oposición; se potencia al grupo que sólo tiene un concejal (así voto a favor)
dándole un protagonismo que los votos le negaron; se anula la participación de
los ciudadanos; desaparecen características del pleno municipal que nos alejan
aún más del resto de la estructura política de España; y sobre todo eso de las
dos sesiones al mes no sé donde está, pues en ningún lado quedan reguladas, peor
aún desaparece la redacción legal que tienen todos los ayuntamientos cuando la
ley remarca “al menos” un pleno al mes. Aquí para distinguirnos y hacernos
diferentes al resto de España quitamos el “al menos”, con “uno nos basta”,
debieron rememorar en su alocada carrera hacia la irregularidad.
El consenso con el que se llenaba la boca la Sra. Román
sólo pretendía que los grupos municipales apoyaran estas tropelías a la legalidad
que pretende el Partido Popular, para argumentar ante la justicia que esos nombramientos están ahora
dentro de la ley y por lo tanto no pueden condenar a nuestro “loado” líder. El
consenso era el que la oposición aceptaba estas barbaridades legales y el magnánimo
Alcalde Perpetuo les daba su remuneración en puestos en el Ayuntamiento. Pero
cuando uno de los grupos dijo que no aceptaba esa mercantilización de la
política, que sí se podía ceder en otras cuestiones, pero nunca saltarse la ley;
los demás recularon y buscaron una rápida salida, “si no es por unanimidad, no
aceptaremos saltar nuestras líneas rojas”, jacarearon a la carrera antes de
finalizar la última reunión, ¿y si había unanimidad, las líneas rojas permiten
saltarse la ley?; mientras que otros alegaban que la discusión dentro del grupo,
hizo cambiar el sentido del voto.
El cabreo del Partido Popular fue máximo, dado que
hubieran visto con buen ojo el que sólo un grupo votara en contra, el de los
supuestos radicales, mientras los “integrados” partidos aceptaban un “buen” Reglamento
para el Sr. Vivas. “Pues ya que sólo lo aprobamos nosotros, aprobamos lo que
nos beneficia y os quitamos vuestras regalías”. Parecía querer decir con sus
palabras la Sra. Román.
Y así quedó aprobada esta atrocidad de Reglamento.
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