domingo, 6 de mayo de 2018

Un periodo corto de información


El 28 de abril el titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 5 de nuestra ciudad dictaba auto de apertura de juico oral contra el Presidente de la Autoridad Portuaria de Ceuta, D. José Francisco Torrado López, formulándole la acusación de dos delitos, uno de prevaricación administrativa y  otro de  malversación de caudales públicos y citándole para que presente una fianza de 2.076.582,13 euros para asegurar las responsabilidades pecuniarias que pudieran imponérsele.


Una semana después el Vocero del Desgobierno del Sr. Vivas en la rueda de prensa que sigue al consejillo de los viernes, aseveraba que nuestro inefable Alcalde había “decidido abrir un periodo corto de información y tomar la decisión correcta”, puesto que “ha salido hace escasas horas”. Lo que  viene a corroborar que nuestro ínclito Primer Edil se enteró por la prensa, como con  todo.

No es nada desconocido que la Asociación de Usuarios del puerto Deportivo de Ceuta presentaba una querella contra el Presidente, el Director y el Jefe de Explotación de la Autoridad Portuaria de Ceuta  el quince de octubre de 2011, por los presuntos delitos de prevaricación y malversación  de caudales públicos, donde puede leerse que en el Pliego de Cláusulas de la Explotación que fue publicado y sirvió de base para el concurso, presenta diferencias con el mismo documento que posteriormente resultó firmado por la partes (…) en el primero se acompaña al mismo un anexo compuesto de cinco folios que lleva por título “CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DE LAS PROPUESTAS PRESENTADAS AL CONCURSO”, donde se hace expresamente constar que: En ningún caso podrán ofertarse tarifas por atraque con un incremento superior al 10% sobre las tasas actuales (especificadas en las tablas nº1 y nº2) para las embarcaciones con base en el puerto con independencia de su tamaño; sin embargo, este anexo se omitió por completo en el segundo que firmaron las partes.” 


Además añaden que “queremos hacer constar que existen diferencias entre el primer Pliego de Condiciones Generales, que al igual que en el caso anterior es el que fue publicado y sirvió de base para el concurso, y el que posteriormente se firmó por las partes”.  “Y  a la hora de referirse al apartado de Tasas y gastos, también hay notables diferencias, ya que mientras en el primero está perfectamente cifrada la cantidad que tiene que pagar el adjudicatario en concepto de canon, concretamente importe de 415.172,18 € en su Disposición General 6ª, misma cantidad que consta señalada en la norma 1.5.4 del Pliego de Bases; en el segundo, por el contrario, se omite cualquier concreción, remitiéndose a una serie de cálculos para su determinación.

Y agregan que, ”tan sólo tres meses después de tomar posesión MAHERSA de  las instalaciones, el Sr. Torrado, en su condición de Presidente de la Autoridad Portuaria, dictó una resolución donde reducía el importe del canon que MAHERSA tenía que pagar a la Autoridad Portuaria a menos de la mitad, y además, paralelamente, se permitía a MAHERSA incrementar las tarifas que cobra a los usuarios hasta un 13%, esto es, tres puntos porcentuales por encima del límite establecido en el concurso. “Y todo ello, sin haber seguido el Sr. Presidente de la Autoridad Portuaria el trámite correspondiente, y sin ser órgano competente”.

A pesar de una exposición argumentada y contundente, el Juez adscrito a la causa decidió sobreseerla,  recurriendo la Asociación a la Audiencia, quien decretaba en julio de 2014 que no se  entiende que “si en las bases, norma fundamental del concurso, se señalaba que el incremento no podía superar el 10% de las tarifas por atraque, se permita el incremento total máximo de las tarifas en un 13% por la resolución del Presidente, que al margen de su aparente contradicción con la motivación que expone, menor coste para los usuarios, implica lo opuesto, que el coste para los usuarios será mayor y no menor como se argumenta en dicha  resolución”. 


“El canon anual a satisfacer  por la concesionaria Mahersa como consecuencia de la licitación era de 415.672 años/euro y aparece que para el año 2006 se redujo a 157.236,74 euros aprobado por  el Presidente, pero la falta de pago de la totalidad del canon anual, al margen de implicar una sorprendente si no grosera alteración de la prestación económica fundamental del concesionario    (pagar el canon), no cabe duda de que implica una sustancial alteración de esa condición económica de la Ley del Concurso de Explotación de una obra pública que ha de ser a riesgo y ventura del concesionario.” Con lo que revocaba el sobreseimiento y  obligaba a continuar con el procedimiento.

Un expediente donde se implica a una institución  del Estado,  cuyo presidente es nombrado por nuestro inepto Alcalde, debería ser seguido con un mínimo interés por  esta turba de vividores, pero nada dicen saber, se acaban de enterar, señalan, algo inaudito cuando en el Registro  Mercantil figura como Presidente de Marina Hércules S.A. D. José Manuel Ávila Rivera,  concejal del Partido Popular, y  como Vicepresidente D. Aurelio Puya Riva, alcalde de nuestra ciudad entre 1985 y 1987 y cuñado del Sr. Vivas. Poco dice, a favor de nuestro inepto Alcalde, que se haya enterado por la prensa, o nos toma por tonto  o lo es él.


Tiempo de sobra ha tenido este incompetente, que se apoderó ilegalmente del consistorio ceutí aquel fatídico febrero de 2001, para enterarse de lo que se le venía encima, la apertura de un juicio en el que por un lado su nombrado presidente de la Autoridad Portuaria, Sr. Torrado, cuyo mayor mérito en la gestión del Puerto es que la  seguridad sea el mayor problema, está acusado de actuar contra los intereses generales de los ceutíes, favoreciendo a una empresa en concreto,  y por otro lado, la empresa favorecida, Mahersa, se  encuentra dirigida por su cuñado y uno de sus concejales. O se lo han ocultado muy bien, por lo que la deslealtad con la que actúan debería ser ya suficiente para cesar a los dos cargos; o, siendo benevolentes, no se ha enterado  como en el Caso Emvicesa  en el que exigió la renuncia de las dos miembros de su Desgobierno, por lo que, si no se ha querido enterar, debería dimitir, aunque a nuestro apócrifo Alcalde no le queda ninguna ética para hacerlo.

Lo de la prensa del movimiento “vivaril”, lo comentaremos otro día.

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